Leyes uniformes vigentes

Ley uniforme relativa a la legislación contable y la información financiera (AUDCIF)

Acto Uniforme relativo al Derecho contable y a la información financiera (AUDCIF)

Fecha de adopción: 26 de enero de 2017

Fecha de publicación en el Boletín Oficial15 de febrero de 2017

Fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2018 para las cuentas personales de las entidades y 1 de enero de 2019 para las cuentas consolidadas, las cuentas combinadas y los estados financieros elaborados con arreglo a las NIIF.

Adoptado en sustitución del Acto Uniforme del 24 de marzo de 2000 relativo a la organización y armonización de las cuentas de las empresas, el nuevo Acto Uniforme relativo al Derecho contable y a la información financiera (AUDCIF) es un corpus jurídico renovado al que se anexa el sistema contable OHADA revisado (SYSCOHADA). El SISCOHADA revisado comprende, por una parte, el plan general de cuentas OHADA y, por otra, el dispositivo contable de las cuentas consolidadas y combinadas.

Teniendo en cuenta la evolución de la normativa contable internacional y las crecientes necesidades financieras de las economías de los países miembros de la OHADA, la AUDCIF establece las normas contables, el plan de cuentas y las normas de contabilidad, la presentación de los estados y la información financieros. Abarca las cuentas personales de las entidades, personas físicas y jurídicas, las cuentas consolidadas y las cuentas combinadas; además, contiene disposiciones penales.

El nuevo texto responde así a grandes expectativas de los profesionales del sector y de los agentes económicos. Por otra parte, se hace eco de una prescripción de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la OHADA que, reunida el 17 de octubre de 2013, había ha tomado nota de la coexistencia de dos registros de contabilidad en el espacio geográfico de la OHADA e instruido al Consejo de Ministros para que prosiga la revisión del Acto Uniforme relativo a la organización y armonización de las cuentas de las empresas para hacer el único marco de referencia vigente en los Estados Parte».

Moderno y coherente con los demás Actos Uniformes, el nuevo AUDCIF se caracteriza, entre otras cosas, por:

– el mantenimiento, junto con el sistema normal, del sistema mínimo de tesorería, reorganizado con el fin de ofrecer la posibilidad de llevar una contabilidad simplificada en derechos comprobados, y el abandono correlativo del sistema intermedio simplificado;

– el aumento sustancial del importe del volumen de negocios por debajo del cual las pequeñas entidades económicas pueden optar al sistema mínimo de tesorería;

– el reconocimiento claramente expresado de la especificidad del sistema contable de los sectores regulados, reafirmando al mismo tiempo que estos sectores siguen sujetos al Derecho contable OHADA;

– la obligación impuesta a las entidades inscritas en una bolsa de valores o con cotización oficial de producir, para los mercados financieros y otros organismos reguladores sectoriales, estados financieros con arreglo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), además de sus estados financieros individuales con arreglo a las normas SYSCOHADA o al marco contable específico de sus actividades;

– la consagración de disposiciones transitorias, para permitir un paso eficiente hacia el nuevo referencial.